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Cautelar revocada

La Cámara Federal de Córdoba revocó una medida cautelar que mantenía detenida la aplicación de seis artículos de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual en favor de una empresa titular de varias licencias radiofónicas. Radiodifusora del Centro, titular de las licencias de Cadena 3, Radio Popular, Radio 3 S. A., Radio 3 Mendoza, Radio 3 Ushuaia y Radio 3 Río Cuarto, había planteado ante la Justicia la inconstitucionalidad de varios artículos de la ley 26.522 y había reclamado una medida de no innovar. En abril de 2011, el Juzgado Federal 2º, a cargo de Alejandro Sánchez Freytes, había aceptado la solicitud. La Nación apeló y, ahora, la Cámara de Apelaciones de Córdoba revocó aquella resolución. Los camaristas José María Pérez Villalobo, Luis Rueda y Abel Sánchez Torres consideraron que “el derecho constitucional a la libertad de prensa no es un derecho absoluto sino susceptible de restricciones a su ejercicio, que válidamente pueden establecerse para ordenarlos a las exigencias del bien común”. Señalaron también que Radiodifusora del Centro “no ha demostrado” que la ley de medios le ocasione un perjuicio concreto “teniendo presente fundamentalmente el interés público que se tuvo en cuenta al dictarse la normativa cuestionada, por sobre el interés particular”.

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