EL PAíS › LA CORTE RECHAZO UN PLANTEO DE CINCO REPRESORES

Sin privilegios automáticos

La Corte Suprema de Justicia rechazó un planteo de hábeas corpus hecho por la defensa de cinco represores del centro clandestino de detención La Perla, en la provincia de Córdoba. Los acusados querían que les garantizaran que no iban a ser enviados a una cárcel común.

El martes, los jueces del máximo tribunal resolvieron por mayoría “desestimar la queja interpuesta” por los representantes legales de cinco personas procesadas en Córdoba por haber actuado en el centro clandestino La Perla.

El pedido de hábeas corpus se basaba en “la existencia de un proyecto de ley en el Congreso de la Nación por el cual a las personas acusadas de delitos de lesa humanidad no se les otorgaría el beneficio de la prisión domiciliaria previsto para los mayores de 70 años y, además, se ordenaría su traslado a prisiones comunes”.

El pedido ante el máximo tribunal había sido interpuesto en favor de Carlos Alberto Vega, Carlos Alberto Díaz, Luis Alberto Manzanelli, Italo César Pasquín y José Andrés Tófalo, quienes ya lo habían hecho en instancias judiciales anteriores, donde los jueces que lo trataron lo fueron rechazando.

Los represores están “imputados de los delitos de imposición de tormentos, secuestro y homicidio agravado”, que habrían ocurrido en el interior del centro clandestino de detención denominado La Perla, perteneciente al Tercer Cuerpo de Ejército de Córdoba, entre los años 1976 y 1978, que en ese entonces estaba bajo las órdenes del general Luciano Benjamín Menéndez.

Por el momento, es decisión de los jueces si envían a los acusados de crímenes de lesa humanidad a una cárcel común, a una guarnición militar o –en el caso de personas enfermas o de más de 70 años– a su casa. En un fallo reciente, la Cámara Federal de La Plata sostuvo que no debe considerarse automático el beneficio del arresto domiciliario aun para aquellos que superen los 70 años.

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