EL PAíS › LO QUE DICE LA LEY ELECTORAL SOBRE LA ESTRATEGIA “PLEBISCITARIA”

Competir y no asumir no resulta un delito

 Por Raúl Kollmann

”No hay ninguna norma que prohíba ni prevea una sanción para quien se presente como candidato mientras está en ejercicio de un cargo. De manera que, desde el punto de vista legal, no parece haber margen para impugnar a un gobernador que se presente como candidato a diputado o a un intendente que se postule como concejal. Una fuerza política puede reclamarles a los votantes que no voten por quien utiliza esa estrategia, pero es difícil que prospere una acusación de fraude electoral o estafa.” La frase pertenece a uno de los integrantes de más peso en la Justicia electoral y diagnostica que, al menos en ese terreno, la idea no tendría obstáculos.

“El delito de fraude electoral reprime los ardides o engaños para torcer el voto de personas individuales, no de un electorado completo. Pero, además, suponiendo por un instante que uno conciba como estafa la estrategia de que un intendente sea candidato a concejal y después no asuma, en verdad el delito se consumaría una vez pasada la elección y cuando el intendente elegido como concejal renuncie a asumir. Antes de eso no hay delito, entre otras cosas porque la preparación no es delito”, explicó el hombre de la Justicia electoral.

Como se sabe, el titular del radicalismo, Gerardo Morales, adelantó que esa fuerza política denunciará la estrategia electoral del Frente para la Victoria como una estafa. A la postura de la UCR adherirían la Coalición Cívica y el Partido Socialista. Según trascendió, el escrito lo estaría preparando el constitucionalista Ricardo Gil Lavedra, sobre la base de una norma del Pacto de San José de Costa Rica que sostiene que las elecciones deben ser auténticas. La presentación dirá que integrar una lista con nombres de personas que no van a asumir –y hasta lo dicen con claridad previamente– no es una elección auténtica.

En la Justicia electoral se hacen varias preguntas:

- Si se hace la denuncia por estafa, ¿lo que se buscaría es que un juez o Cámara impida que un intendente o el gobernador sea candidato? No existe norma que lo prohíba.

- ¿Se intentaría que la Justicia le ordene al intendente o gobernador que renuncie a su cargo para ser candidato? Tampoco hay una norma y, por lo tanto, nadie lo puede obligar a que renuncie de la misma manera que nadie puede ordenarle a Gabriela Michetti o a Felipe Solá que renuncien a sus cargos para ser candidatos.

- ¿El objetivo es que después de la elección se le impida asumir o mantener su cargo al intendente elegido concejal? Tampoco está previsto por ninguna ley o norma.

La única alternativa, afirman los jueces, es que exista una sanción porque una vez realizada la elección, se considere fraude o estafa el que el intendente o gobernador no asuma. “No existe el delito en ciernes, no es delito la preparación –señaló la fuente de la Justicia electoral–, por lo tanto la única posibilidad es que la denuncia se haga después de la elección. Otro obstáculo: no está prevista la sanción. No es como en un robo, que el Código prevé una pena que va de tanto a tanto. Aquí no hay sanción porque la idea del delito se refiere al voto individual, no a un supuesto engaño a una multitud.”

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