SOCIEDAD

Arresto domiciliario a un preso menor de 70, pero HIV positivo

La Sala I de apelaciones de La Plata rechazó el pedido de excarcelación de un detenido que tiene HIV, pero le concedió la prisión domiciliaria “por justas razones de humanidad”.

Un detenido que tiene HIV y está alojado en una cárcel platense podrá gozar del régimen de arresto domiciliario, a pesar de que no es mayor de 70 años. El preso, cuyas iniciales son H.G.C., había solicitado a la Justicia que se le concediera la excarcelación, en razón de la enfermedad que padece, pero los jueces rechazaron esa solicitud. Sin embargo, la Sala I de la Cámara de Apelaciones de La Plata sostuvo en su fallo de segunda instancia que era “necesario encontrar una decisión alternativa que abra paso a la salida de excepción que con justas razones de humanidad se invocan”. El paso intermedio fue concederle el arresto domiciliario por “principio de humanidad”, aunque el interno no tenga más de 70 años ni se encuentre en estado terminal. Se presume que en las cárceles son cientos los casos de HIV, aunque las autoridades penitenciarias y del Ministerio de Justicia de la Nación no cuentan con datos precisos en la materia.

En la provincia de Buenos Aires, la Dirección General de Salud Penitenciaria aclaró que la falta de datos se debe a que son los propios presos los que deberían pedir el examen, dado que éste no se puede realizar en forma compulsiva. El recurso en favor del detenido con HIV fue presentado por la defensora oficial Lía Hortensia Rivera de Del Prado, quien pidió al juez federal de Lomas de Zamora Carlos Ferreiro Pella la excarcelación de su representado, en razón de “la grave enfermedad que el imputado padece –HIV positivo en estado avanzado– y la necesidad de brindarle la atención indispensable para mejorar su calidad de vida”.

Aunque el detenido no cumplía los requisitos para obtener el arresto domiciliario, destinado sólo a “personas condenadas” que padezcan una enfermedad terminal o que sean mayores de 70 años, la defensora señaló que de negarse la solicitud se estaría afectando el principio de igualdad ante la ley. Remarcó incluso que si bien su representando “se halla privado de su libertad –prisión preventiva– aún no ha sido objeto de atribución de responsabilidad penal, gozando de la presunción de inocencia”. El juez de primera instancia ordenó una serie de estudios médicos y socio-ambientales, pero luego interpretó que no correspondía la excarcelación, aunque aceptó conceder el arresto domiciliarios.

En su informe, los médicos consultados sostuvieron que “el CD4 tan bajo es indicativo de un deterioro general y muy propenso a adquirir cualquier enfermedad oportunista, sobre todo en medio de la población carcelaria, y que por su vulnerabilidad podría poner en riesgo su vida”. Los enfermos de HIV tienen un tipo muy particular de glóbulos blancos llamados células linfocitos CD-4, que son los que avisan cuándo es el momento de comenzar a actuar contra la enfermedad.

Aunque había conseguido que el detenido saliera de la cárcel con arresto domiciliario, la defensora insistió en solicitar la excarcelación, pero los camaristas federales de La Plata Leopoldo Héctor Schiffrin y Carlos Romón Compaired volvieron a responder lo mismo que en la primera instancia. “La situación de los condenados y de los procesados que padezcan una grave enfermedad tiene un instituto apropiado a su situación que no contempla su soltura, sino antes bien la prisión domiciliaria, todo lo cual abona que la dolencia que pueda padecer la persona privada de su libertad se canaliza a través de otras medidas diversas a la requerida: tratamiento en unidad, internación en un hospital extramuros, prisión domiciliaria”, subrayaron.

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El caso es especial porque el preso beneficiado no está en estado terminal ni es un anciano.
 
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