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Un no judicial para las Taser

Un tribunal porteño confirmó ayer la decisión de la jueza Andrea Danas de prohibirle al gobierno de Mauricio Macri la utilización de las denominadas pistolas Taser X26, consideradas por Naciones Unidas como un elemento de tortura. Suscribieron el fallo los jueces Mabel Daniele, Esteban Centanaro y Horacio Conti, integrantes de la Sala II de la Cámara en lo Contencioso Administrativo y Tributario. “Celebramos la coherencia entre el primer fallo y la confirmación de la Cámara. Los derechos humanos y la seguridad son complementarios y no contradictorios y ésa será nuestra postura a lo largo de todas las instancias que requiera el trámite judicial”, destacó el Observatorio de Derechos Humanos (ODH) de la ciudad de Buenos Aires. El miércoles pasado, durante la audiencia entre la ODH y el representante del gobierno porteño, el jefe de la Policía Metropolitana, Eugenio Burzaco, había admitido que para Naciones Unidas las pistolas eran un elemento de tortura. Los abogados de la ONG insistieron entonces con los argumentos esbozados desde que presentaron el recurso de amparo para impedir el uso de los polémicos dispositivos. El primero, que fueron desaprobados por el Comité Contra la Tortura de Naciones Unidas, entre otros organismos internacionales. El segundo, que pueden llegar a lesionar derechos básicos como la vida, la integridad física y la salud de las personas. Por último, que la incorporación de estos dispositivos a la flamante fuerza de seguridad podría fomentar el encubrimiento de la impunidad policial, en tanto se trata de armas que no dejan marcas visibles en el cuerpo de quien recibe la descarga eléctrica. La posición del ODH fue respaldada la semana pasada por Abuelas y Madres de Plaza de Mayo Línea Fundadora, HIJOS y Familiares de Desaparecidos y Detenidos por Razones Políticas, quienes destacaron que “esta arma eléctrica no hace más que traernos del pasado el recuerdo de la tristemente célebre picana”.

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