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Por si a la Corte Suprema todavía no le quedó claro

El Gobierno amplió sus explicaciones sobre por qué no quiere anular los indultos por decreto. Alberto Fernández dijo que esa vía o invalidarlos por ley sería inconstitucional. El debate de fondo.

Un día después de que Néstor Kirchner instara a la Corte Suprema a “declarar la inconstitucionalidad de los indultos”, el Gobierno profundizó la misma idea. Los encargados de comunicar el mensaje fueron los ministros de Interior, Aníbal Fernández, y el jefe de Gabinete, Alberto Fernández, en su rol habitual de voceros oficiales. Ambos coincidieron con el argumento que había dado el Presidente en el Colegio Militar, donde aseguró que derogar los indultos por decreto afectaría “la calidad institucional”. “Es una trampa de la ultraderecha”, había dicho. Ayer, los Fernández siguieron por la misma senda. “No se puede corregir la ilegalidad con otra ilegalidad”, dijo Aníbal. “No se puede pedir al Presidente que saque otro decreto o que una ley los anule, porque es abiertamente inconstitucional”, aseguró Alberto. En cambio, el ex diputado socialista Héctor Polino propuso complementar la vía judicial, a través de la Corte, con una resolución política del Congreso que los declare nulos.

El debate sobre el mecanismo legal válido para derogar los indultos esconde otra discusión sobre los eventuales delitos cometidos por los miembros de las organizaciones armadas de los ’70. Si la Corte declara la inconstitucionalidad de los indultos, los militantes que se beneficiaron con ese recurso tendrán que enfrentar de nuevo una causa judicial, a menos que el tribunal haga una distinción. Desde el punto de vista político, una de las preocupaciones es que el proceso reactualice la desacreditada teoría de los dos demonios. En marzo de 2004, el juez federal Rodolfo Canicoba Corral aseguró que los hechos protagonizados por los integrantes de esas organizaciones no podrían ser definidos como de “lesa humanidad”. “Es aplicable la autoría de delitos contra el derecho de gentes”, dijo.

Según la jurisprudencia internacional incorporada a la Constitución, los delitos de lesa humanidad son “actos inhumanos contra la población civil o persecuciones por motivos políticos, raciales o religiosos”. Un caso paradigmático es el genocidio. Son delitos imprescriptibles. Distinto es el caso de los delitos comunes, que sí prescriben con el paso del tiempo. Para Canicoba Corral, el atentado es un delito común. A partir de esta argumentación, en el ámbito judicial consideran que es probable que la Corte Suprema declare la inconstitucionalidad de los indultos sólo en el caso de los comandantes de las Fuerzas Armadas.

Al exhortar a la intervención de la Corte Suprema, el Gobierno evitó derogar los indultos por decreto. Aunque estuvo el secretario legal y técnico, Carlos Zannini, y se llegó a estudiar la posibilidad, finalmente quedó descartada. Ayer, desde el Gobierno defendieron la decisión y cuestionaron a la oposición de presionar al Presidente para que anulara los indultos por una vía “constitucional”. “He escuchado a algunos dirigentes del ARI, que lidera Elisa Carrió, decir que el Gobierno, que ha propiciado la nulidad de las leyes de Obediencia Debida y Punto Final, le está escapando al tema y eso es casi una vergüenza. No se puede pedir al Presidente que saque otro decreto o una ley que los anule porque es absolutamente inconstitucional”, aseguró el jefe de Gabinete. “Es una posición perversa y maniquea por parte de algunos sectores oportunistas”, agregó.

Fernández se extendió en este tema. “Para corregir las decisiones de otro tiempo no es bueno hacerlo violando las normas constitucionales. Bien valió la pena que el Presidente dijera a los argentinos lo que piensa, pero que les recuerde que ahora estamos en un tiempo donde la ley y la Constitución imperan y no pueden ser relegadas”, subrayó. Luego recordó que el indulto “es una facultad presidencial” que Kirchner “viene cuestionando desde el primer día”. “Siempre lo consideró reñido con la ética republicana, al entender que era difícil indultar delitos de lesa humanidad e imposible cuando no existían sentencias definitivas. El efecto era que impedían el juzgamiento”, aseguró.

También habló de la cuestión el ex diputado Polino. A diferencia de los Fernández, que privilegiaron la vía judicial, el socialista consideró que –frente a los indultos– se puede combinar una declaración política del Congreso con la intervención de la Corte. “El Congreso puede declararlos nulos, y la Justicia a su vez puede declararlos inconstitucionales. Lejos de excluirse, ambas decisiones se complementarán adecuadamente. La resolución judicial tendrá un fuerte respaldo político, y la decisión política estaría a su vez confirmada por la resolución judicial”, dijo.

La discusión acerca de la validez de derogar los indultos por decreto o por una resolución legislativa se instaló en el Congreso desde hace unas semanas. De hecho, en la Comisión de Asuntos Constitucionales que encabeza el salteño Juan Manuel Urtubey (Frente para la Victoria) se creó una subcomisión para analizar el tema. Igualmente, la posibilidad de derogar los indultos ya estaba en la agenda desde el año pasado, cuando el máximo tribunal declaró inconstitucionales las leyes de obediencia debida y punto final. Los indultos que ordenó Carlos Menem tuvieron su primer revés judicial el 1º de abril de 2005, cuando la Cámara Federal los declaró inconstitucionales. Tras aquella decisión, se habilitó el juicio oral a tres jefes militares –Carlos Guillermo Suárez Mason, entre ellos– en la “megacausa” sobre los crímenes en el área del Primer Cuerpo del Ejército.

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Kirchner instó a la Corte a declarar la inconstitucionalidad de los indultos en un fallo.
Imagen: Rafael Yohai
 
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