EL PAíS › RATIFICAN QUE LOS EXILIADOS PUEDEN SER INDEMNIZADOS

Cuando quedarse era morir

La Corte Suprema confirmó que los exiliados políticos tienen derecho a una reparación económica. Pero deben acreditar que se fueron del país porque su vida corría peligro. Los casos.

 Por Victoria Ginzberg

La Corte Suprema ratificó que las personas que tuvieron que irse del país durante la última dictadura tienen derecho a recibir una indemnización equiparable a aquellos que fueron detenidos. Lo hizo al anular un fallo de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal que había negado el beneficio a Héctor Ramón Dragoevich, quien viajó a España el 27 de diciembre de 1976, junto a su esposa y su hijo, para escapar de la represión del terrorismo de Estado. La resolución contradice una opinión del procurador general del Tesoro, quien se opuso a otorgar por vía administrativa el beneficio a los exiliados.

En el escrito que se conoció ayer –y que fue firmado el 20 de junio– los ministros del alto tribunal no ordenaron que se pagara el resarcimiento a Dragoevich. Enrique Petracchi, Elena Highton de Nolasco, Carlos Fayt, Juan Carlos Maqueda, Ricardo Lorenzetti y Carmen Argibay indicaron que la Cámara debía dictar un nuevo fallo que se adecue a los antecedentes establecidos por los supremos.

“La Corte no analiza cuestiones de hecho, lo que reconoce es que debe repararse el exilio. Ahora la Cámara debe definir si en este caso la víctima fue perseguida y le corresponde la indemnización y creo que lo va a reconocer”, explicó la abogada Elena Moreno, representante de Dragoevich.

En octubre de 2004 los supremos equipararon por primera vez, a efectos de establecer una reparación económica, el exilio “puro” –que no incluía secuestros ni arrestos a disposición del Poder Ejecutivo– con la situación de quienes estuvieron presos. Lo hizo al resolver un planteo de Susana Yofre de Vaca Narvaja, quien tuvo que escaparse del país luego de que asesinaran primero a su esposo y luego a su hijo. Todo el grupo familiar Vaca Narvaja –conformado por veintiséis personas– fue perseguido políticamente. La mujer relató, al hacer su reclamo, que buscó asilo en la Embajada de México en Buenos Aires y después abandonó el país junto con su familia, todos bajo el status de refugiados políticos.

Al otorgar la compensación, el tribunal resaltó que la decisión de emigrar, para Yofre de Vaca Narvaja, “lejos de ser considerada como ‘voluntaria’ o libremente adoptada, fue la única y desesperada alternativa que tuvo para salvar su vida”.

Luego de esa resolución, la Corte dictó, al menos, otros cuatro fallos en los que señaló que correspondía indemnizar a personas que estuvieron exiliadas. El tribunal mantuvo el criterio del caso Vaca Narvaja siempre que se acreditara que había existido una persecución que hubiera podido terminar en el secuestro de la víctima. Por eso, ahora la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal deberá establecer si ésta fue la situación de Héctor Dragoevich, quien fue militante barrial e instructor de cursos de alfabetización para adultos. Dragoevich decidió abandonar el país después de que su casa, la de sus padres, suegros y amigos fueron allanadas. Volvió a la Argentina el 28 de agosto de 1984 con ayuda del Alto Comisionado para los Refugiados de Naciones Unidas (Acnur).

A partir de las decisiones judiciales, el Poder Ejecutivo elaboró un proyecto de ley de reparación económica para exiliados. La iniciativa fue aprobada en el Senado, pero actualmente está trabada en Diputados, ya que hay legisladores que se oponen a equiparar el exilio con secuestros y detenciones.

Mientras la propuesta avanzaba en el Congreso, la Secretaría de Derechos Humanos y el Ministerio de Justicia comenzaron a otorgar el beneficio sin esperar los fallos judiciales. Pero, en mayo, el procurador general del Tesoro, Osvaldo César Guglielmino, dictaminó que sólo debía pagarse la indemnización en casos idénticos al de Vaca Narvaja. Es decir, que implicaran refugio en una embajada y familiares asesinados o desaparecidos. Eso hizo que se trabaran todos los planteos que existen en el Poder Ejecutivo relacionados con este tema. Ahora, el fallo del máximo tribunal ratifica que quienes se fueron del país porque corrían riesgo de ser asesinados pueden recibir una reparación económica. Pero mientras no se sancione la ley, los casos seguirán siendo examinados de a uno por la Justicia.

Compartir: 

Twitter

La resolución de la Corte Suprema anula una decisión de la Cámara en lo Contencioso Administrativo.
 
EL PAíS
 indice

Logo de Página/12

© 2000-2022 www.pagina12.com.ar | República Argentina | Política de privacidad | Todos los Derechos Reservados

Sitio desarrollado con software libre GNU/Linux.