SOCIEDAD › LES SECUESTRARAN EL VEHICULO A QUIENES SUPEREN LA VELOCIDAD MAXIMA EN MAS DE 40 KM/H

Papá, no corras que necesito el auto

La Legislatura porteña aprobó ayer la ley que sanciona a los infractores con la retención del vehículo, además de la multa y el descuento de puntos. Es para “cambiar el hábito” de los conductores y evitar accidentes fatales.

Los conductores que circulen por la ciudad a una velocidad que exceda la máxima permitida en 40 kilómetros por hora o más podrán ser penalizados con el secuestro del vehículo hasta tanto comparezcan ante el controlador de faltas y paguen la correspondiente multa. El proyecto fue aprobado ayer en la Legislatura porteña y comenzará a aplicarse no bien sea reglamentada la ley, mediante un sistema de postas: un agente detectará la falta con un radar de mano y otro, ubicado a 200 o 300 metros, detendrá al infractor, le labrará el acta y le retendrá el vehículo, que será trasladado a una playa de infractores. “La medida apunta a cambiar el hábito y la cultura de los conductores que manejan en forma peligrosa: la mayor parte de los accidentes graves se produce por conducir alcoholizado o por exceso de velocidad”, argumentó a Página/12 el diputado Gustavo Amoroso (PRO), autor del proyecto.

La iniciativa aprobada ayer consta de un solo artículo, que introduce una modificación en el Código de Tránsito porteño. Allí se agrava la sanción a los infractores, agregando a la multa y a la pérdida de puntos en el scoring, el secuestro del vehículo. Del proyecto original se excluyó como sanción el pago del acarreo, para “que no se interprete que se trata de una medida recaudatoria”, explicó Amoroso. El acarreo se cotiza en aproximadamente 190 pesos.

El proyecto fue aprobado por 42 votos favorables, del oficialismo, el Frente para la Victoria y la Coalición Cívica, y no contó con ningún rechazo, aunque hubo 11 abstenciones. De acuerdo con el texto, serán sancionados con la retención del vehículo aquellos que vayan por una calle a 80 kilómetros por hora o más, quienes circulen por una avenida a 100 kilómetros por hora o por una autopista a 140 o más. Las velocidades máximas son de 40 kilómetros por hora en calles, 60 en avenidas y 100 en autopistas.

¿Cómo se hace para infraccionar a un vehículo que circula a más de 100 kilómetros por hora en una avenida? Según explicó el diputado Amoroso –quien preside la comisión de Tránsito y Transporte de la Legislatura–, el Gobierno de la ciudad tiene unos veinte cinemómetros, radares de mano que registran los excesos de velocidad en un acta fotográfica. El agente que detecta la infracción notifica a otro que está a 200 o 300 metros. Este será el encargado de frenar al temerario conductor, labrarle el acta y disponer el secuestro del vehículo.

“El vehículo es acarreado a una playa de infractores, de donde el conductor lo puede retirar una vez que comparezca ante el controlador de faltas, que es quien fija el valor de la multa y dispone el descuento de puntos en el scoring”, sostuvo Amoroso. ¿Cuánto tiempo puede demorar en recuperar su vehículo? “La idea es que todo ese trámite se haga en el día. Incluso los fines de semana hay controladores de guardia”, afirmó el legislador.

La retención del vehículo se aplicaba hasta ahora para los conductores que superan el límite de alcoholemia. “Si bien se trata de una medida preventiva y excepcional, es necesario implementarla cuando el exceso de los límites de velocidad se torna peligroso no sólo para el que conduce sino para terceros”, dijo el legislador a Página/12.

En la misma sesión, la Legislatura creó por ley un registro en el que las empresas deberán inscribir a quienes trabajan haciendo delivery o servicios de cadetería por moto y a los vehículos que utilizan. La finalidad de la norma es regularizar una actividad en la que, se supone, sólo el 4 por ciento trabaja en un marco de formalidad. La ley también obliga a las empresas a proveer a los motoqueros de casco homologado, chaleco reflectante e indumentaria apropiada para días de lluvia.

Finalmente, los legisladores aprobaron la adhesión de la ciudad a la Ley 26.363, que crea la Agencia Nacional de Seguridad Vial. La norma es imprescindible para la implementación de la licencia única para conducir y el registro nacional de infracciones.

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La mayoría de los accidentes graves se produce por elevada alcoholemia y por exceso de velocidad.
Imagen: Leandro Teysseire
 
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