SOCIEDAD › EL TRIBUNAL ORAL QUE DEBE FIJAR LAS NUEVAS PENAS POR EL INCENDIO DE ONCE ANALIZA NEGARSE A HACERLO

La larga espera de la causa Cromañón

La Cámara de Casación que revirtió el fallo del juicio oral ordenó a ese tribunal que dicte las penas que correspondan a la nueva calificación. Pero los jueces se excusarían porque ya emitieron opinión. El expediente volvería a Casación. Y terminaría en la Corte.

 Por Raúl Kollmann

La causa Cromañón parece destinada a larguísimas esperas. Esta semana está corriendo el plazo para que el Tribunal Oral Criminal número 24, que fue el que llevó adelante el juicio, se expida sobre el monto de las penas, de acuerdo con el fallo emitido la semana pasada por la Cámara de Casación. Sin embargo, en Tribunales se dice que el TOC 24 se excusaría, debido a que ya emitió opinión y argumentaría que no puede ponerle penas, por ejemplo, a los integrantes de Callejeros que el TOC ya dijo que son inocentes. El tema tendrá que ser resuelto por la propia Casación. Pero, los defensores de los músicos y todos los que se consideraron perjudicados por el fallo, además de los querellantes y el fiscal Raúl Plee que sostienen la acusación por estrago doloso y no culposo, están preparando los recursos ante la Corte Suprema. Desde este último ángulo, están los que consideran que no tiene sentido fijarles penas a los imputados, mientras el máximo tribunal no confirme sus culpabilidades. De manera que entre los que intervienen en la causa hay enormes polémicas sobre cuál será el devenir del expediente Cromañón. Hay un antecedente: la causa contra los funcionarios de Bomberos que actuaron en Cromañón. En ese caso, la Corte rechazó el recurso y tardó un año y medio en hacerlo.

Tras el fallo de Casación, el expediente llegó el lunes al TOC 24 con el objetivo de que imponga las penas. Como se sabe, los integrantes de Casación Angela Ledesma y Liliana Catucci imputaron a todos los protagonistas por el delito de incendio culposo seguido de muerte y cohecho, mientras que Eduardo Righi mantuvo las calificaciones anteriores, más graves, de estrago doloso, además del cohecho.

El TOC 24 –Marcelo Alvero, María Cecilia Maiza y Raúl Llanos– tiene ahora la palabra. Sin embargo, en Tribunales afirman que podría excusarse, básicamente porque ya emitió opinión y gran parte de su fallo fue revocado por Casación. Si esta postura se confirma, Casación tendrá que aceptar o rechazar el criterio del Tribunal. Esto ya se planteó con anterioridad en otros casos y es probable que Casación rechace la postura del Tribunal y le ordene que dicte los montos de las penas. La otra alternativa es que se vuelva a sortear otro tribunal y que el monto de las penas sea fijado por el tribunal sorteado. Esta variante parece poco probable.

Pero al mismo tiempo están corriendo los tiempos para preparar los recursos extraordinarios a la Corte Suprema. Querellantes como José Iglesias, que representa a buena parte de las víctimas, insistirán en las calificaciones más duras para Chabán y para el grupo Callejeros; el fiscal Plee reiterará su criterio de que hubo estrago doloso seguido de muerte y el cohecho, mientras que la defensa de Chabán, a cargo de Pedro D’Attoli, rechazará la condena por incendio culposo, argumentando que la responsabilidad fue de los que tiraron las bengalas. También las defensas de los funcionarios y los policías dirán lo suyo.

No faltan los que afirman que antes de fijar las penas corresponde esperar que la Corte confirme o revoque lo decidido por Casación. “Los músicos de Callejeros recibieron una condena por primera vez. Tienen derecho a la doble instancia”, argumentan. Otros, en cambio, sostienen que debe haber fijación de pena porque el Tribunal no puede desoír lo ordenado por Casación y que después la Corte resolverá de acuerdo con su criterio. Esto también levantará polémicas.

Un protagonista de la causa Cromañón le dio a este diario el siguiente diagnóstico. “El caso registra un antecedente, derivado de Cromañón: el expediente por el que fueron condenados los funcionarios de Bomberos y un empresario que cobraban coimas para habilitar boliches. La Corte rechazó el recurso extraordinario, mantuvo las condenas y tardó un año y medio en pronunciarse. Lo hizo en septiembre de 2009. Es posible que esta vez ocurra lo mismo. Tardará ese plazo, un año y medio o tal vez más, porque esto es algo más complejo. Y rechazará los recursos.” En el expediente Bomberos, una semana después del fallo de la Corte, un bombero y un empresario tuvieron que cumplir con las penas de cárcel.

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El Tribunal Oral 24 podría argumentar que no puede fijar penas a Callejeros cuando ya los había considerado inocentes.
Imagen: DyN
 
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