SOCIEDAD › EL JUEZ SUSPENDIO TODOS LOS EVENTOS ORGANIZADOS POR LOS RESPONSABLES DE LA TIME WARP

Final de fiesta para la empresa

Casanello consideró que los hechos delictivos cometidos en Costa Salguero podrían repetirse. Y citó a indagatoria a Martín Gontad, el Rey de la Electrónica. También ratificó que en la fiesta trágica había el doble de gente que lo informado por el gobierno porteño.

 Por Carlos Rodríguez

El juez a cargo de la causa en la que se investigan las cinco muertes ocurridas el fin de semana pasado en el Complejo Costa Salguero, además de la “clausura preventiva” de Dell Producciones, que organizó la fiesta Time Warp, de música electrónica, ordenó suspender todos los eventos similares que puedan estar siendo organizados por otras 28 firmas vinculadas a esa empresa. Esta medida cautelar fue adoptada, según explicó el juez Sebastián Casanello en un fallo de seis carillas, ante las “probabilidades ciertas de que los hechos delictivos que se investigan” en el expediente “puedan repetirse” en otras fiestas similares. Por otra parte, Casanello llamó a prestar declaración indagatoria a Martín Gontad, conocido como el Rey de la Electrónica, tal como había solicitado el fiscal federal Federico Delgado.

Las medidas fueron adoptadas a raíz de las declaraciones de decenas de testigos que señalaron que la venta de estupefacientes dentro de Costa Salguero se hacía con la aparente complicidad o pasividad de la vigilancia pública y privada. Junto con Gontad, fue llamado a indagatoria Diego Hernán Herrera, quien “conforme los testimonios de las actas de elecciones de autoridades de la firma Dell Producciones S.A., integra su directorio en carácter de director suplente”. Las decisiones de Casanello fueron plasmadas en dos resoluciones difundidas ayer.

El juez Casanello justificó su decisión en razón de “la gravedad de los hechos investigados” que imponen “la necesidad de evitar” que ocurran “eventos similares que podrían acarrear nuevas víctimas”. En la resolución se destacó que la inspección ocular realizada en Costa Salguero “permitió advertir, de modo directo, una serie de cuestiones”, entre ellas el dato sobre el número real de concurrentes: el gobierno porteño dijo que había 10.900 personas a las 3 de la mañana del sábado 16, mientras que de la investigación judicial surgiría que había unas 20 mil personas, “casi el doble de la capacidad admitida”, que es de 13 mil personas, según señaló el magistrado en el escrito.

Entre las “huellas” que dejó la fiesta “la primera y más ostensible es la enorme cantidad de botellas de agua, en su mayoría con la etiqueta Block”. Se agregó que “supuestamente también existía algún puesto de hidratación” del gobierno porteño “para el consumo gratuito de agua por parte de los asistentes”, pero “al momento de actuar el personal preventor ya había sido removido”.

Otro de los señalamientos es que la seguridad “fue provista por una empresa privada (Siseg)”, esto a pesar de ser “una ‘fiesta pública’, según obra en las constancias de la Agencia Gubernamental de Control”. El magistrado menciona un expediente administrativo en el que hay “un sello rojo que dice pendiente de homologación (Expte. EE 7207053/2016 del registro de la AGC reservado en Secretaría)”. En ese documento “no hay noticia de ningún reporte hecho” por los “vigiladores privados, cuando era su obligación poner en conocimiento de las fuerzas de seguridad del Estado todo delito de acción pública del que tuvieran conocimiento”, según establece la Ley 118 de la Ciudad de Buenos Aires.

También se hace mención de varios testimonios, hechos ante el fiscal y en el juzgado, “que dan cuenta de inconvenientes durante el ingreso al evento, tales como la carencia de cacheos, el ingreso de personas sin entradas”. Incluso se hizo referencia “a que había pocas personas de la organización ‘cortando los tickets’, lo que provocó que parte del público ingresara derribando las vallas de contención instaladas en el lugar”.

Los testigos aseguraron que “la ventilación y refrigeración del lugar era manifiestamente insuficiente, al punto de sentirse ahogados, lo que provocó que tuvieran que dirigirse al exterior para recuperarse, lo que no resultaba una empresa sencilla, pues debían hacerlo casi por la fuerza debido a la cantidad de personas que había”.

Algunos asistentes aseguraron “no haber observado la existencia de puestos de asistencia médica ni de hidratación”. En este punto, el juez puntualizó que en “la inspección ocular realizada (dichos puestos) ni siquiera se encontraban señalizados”. Los concurrentes que sí vieron los puestos “aseguraron que llegar desde un extremo de los pabellones hasta el puesto sanitario podría insumir alrededor de media hora”.

Otro dato citado en el texto es el incremento del precio de las botellas de agua, que de los “40 pesos (iniciales) se llegó a 100 pesos” cerca de las 4 de la mañana del sábado. Los testimonios señalaron también que “cerca de las 5 (de la mañana) las barras dejaron de venderlas”. Para colmo, a los concurrentes “el personal de seguridad privada no les permitía recargar agua en los escasos baños con canillas” que había.

El escrito recalcó que de acuerdo a la cantidad real de asistentes, unos 20 mil, “los baños, los médicos, los socorristas, los bomberos, el agua, todo era cuanto menos la mitad de lo previsto en el plano formal de los papeles”, dado que el gobierno porteño dijo que había 10.900 personas. Además, muchos de los testigos “afirmaron que la venta de estupefacientes era indiscriminada una vez franqueado el ingreso. Relataron que en varias ocasiones durante la noche, les ofrecían ketamina, cocaína, LSD, popper, y pastillas de éxtasis y que no observaron que el personal de seguridad ni policial hiciera algo para impedirlo”.

Casanello recordó que el artículo 10 de la ley 23.737 “habilita la clausura preventiva de los locales sospechados de haber sido facilitados para la venta o consumo de estupefacientes”. La decisión tomada por el juzgado fue la de extender la clausura preventiva “a todos los eventos que la firma” Dell Producciones o las personas físicas o jurídicas asociadas a ella, directa o indirectamente, o de la que “pretenda participar independientemente de la propiedad del local”.

El propósito es el de evitar sucesos similares a los ocurridos en Costa Salguero que “pongan en riesgo la vida de los asistentes”. También se tomó en consideración “la sospecha” de que “cuando menos no han funcionado correctamente los controles gubernamentales -poder de policía- ni los de seguridad tanto pública como privada”.

El listado de empresas sancionadas es el siguiente: Punto FM S.A., Multickret S.A., Otremo S.A., CRZ Global Trading, Cento Fontana S.A., Industrial Beverage Corp. S.R.L., Preal S.A., Pacha Buenos Aires S.A., Los Tequillas S.A., Energy Group S.R.L., New Drink Experience S.A., S&h Environment Group S.R.L., Bienvenida S.A., Ragada Sadaitho S.R.L., Cozubai S.A., Chateaux 2020 S.A., Prestaciones Niamey S.A., Star Pink S.A., Big One S.A., Dance Electronics S.A., Conalcol S.A., Multivok S.A., Make One S.A., Otremo S.A., Blumaco S.R.L., Placer Azul S.A., Club One, State, 2 Net y Diver Queen S.A..

El listado de empresas ha sido enviado a la Inspección General de Justicia y la determinación “obedece a coincidencias, personas, domicilios, etcétera, que los aglutinan, además de estar de algún modo conectados al mismo tipo de actividad”. Se recordó que se trata de una medida cautelar que “no exige certeza sobre la existencia del derecho pretendido, sino sólo de su verosimilitud”. Sólo basta contar con lo que la legislación marca como “elementos de convicción suficientes”.

Otro de los argumentos centrales citados por el juez para adoptar la medida cautelar es “la acreditación del peligro en la demora” teniendo en cuenta que existen “probabilidades ciertas de que los hechos delictivos que se investigan (...) puedan repetirse”. Casanello señaló que es “una medida de carácter amplio, que puede ser dictada conforme las necesidades del caso cuando no exista en la ley una previsión específica que satisfaga las necesidades del aseguramiento”. Como cierre del fallo ratificó la “clausura preventiva” de Dell Producciones y de todas las empresas mencionadas con anterioridad.

Se libró oficio al jefe de Gobierno porteño, Horacio Rodríguez Larreta, para que “arbitre los medios pertinentes a fin de cumplir con lo dispuesto en el presente a partir” de ayer.

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Entre las “huellas” de la fiesta “la primera y más ostensible es la enorme cantidad de botellas de agua”, dijo el juez en el fallo.
Imagen: DyN
 
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