EL PAíS › LA CORTE ANALIZARA LA CLAUSULA DE DESINVERSION DE LA LEY DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL

Los supremos otra vez en el medio

En una causa iniciada por el Grupo Clarín, la Justicia concedió un recurso planteado por la Procuración del Tesoro contra una medida cautelar que suspendía el plazo de desinversión. Ahora, la Corte Suprema debe analizar si acepta tratar el tema.

El máximo tribunal puede examinar el plazo para que los grupos oligopólicos se desprendan de licencias.
Imagen: Gustavo Mujica.

La Corte Suprema resolverá si la “cláusula de desinversión” de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual seguirá suspendida o deberá aplicarse de inmediato. Se trata del artículo que obliga a los multimedios a desprenderse, en el plazo de un año, de señales de cable y radios cuando hayan concentrado licencias por encima de lo que permite la nueva ley. El artículo había sido objetado judicialmente por el Grupo Clarín, que logró suspender su aplicación.

La Sala Primera de la Cámara en lo Civil y Comercial Federal concedió el recurso extraordinario planteado por la Procuración del Tesoro contra la medida cautelar que suspendió la aplicación de la cláusula de desinversión. El expediente fue girado así al máximo tribunal judicial.

En su presentación ante la Justicia, Clarín SA, Arte Radiotelevisivo Argentino, Cablevisión SA, Multicanal SA, Radio Mitre SA y Teledigital Cable SA, empresas que conforman el mayor multimedio del país, se quejaron de que el artículo 161 de la ley es violatorio del derecho de propiedad, ya que obliga a deshacerse de las licencias que exceden la cantidad autorizada por la norma.

Las demandantes manifestaron ser titulares de cuatro licencias de televisión abierta, ocho licencias de radiodifusión sonora (que explota Radio Mitre) y de 180 servicios de radiodifusión por suscripción mediante vínculo físico. También dijeron poseer 36 servicios de radiodifusión por suscripción, mediante el que prestan el servicio de televisión por cable e Internet por Cablevisión, y de siete señales de contenido para la televisión paga que se emiten por sistemas de cable.

Cuando el Grupo Clarín pidió la suspensión de este artículo, solicitó la misma medida para el número 41, referido a la intransferibilidad de las licencias actuales. El juez Edmundo Carbone concedió en primera instancia la suspensión de los dos artículos. Luego, a mediados de mayo pasado, la Sala I del Cámara de Apelaciones revocó la suspensión del artículo 41, pero mantuvo la suspensión del 161.

La medida fue entonces apelada por los abogados del Estado, quienes sostuvieron que el derecho de propiedad no está siendo vulnerado por la nueva ley. “El espacio radioeléctrico es regulado por el Estado”, recordaron en la presentación. Ahora, la Cámara hizo lugar a esa apelación y la envió a la Corte Suprema.

Como primer paso, el máximo tribunal deberá evaluar si admite la apelación del Estado y, en caso afirmativo, resolverá si mantiene suspendida la “cláusula de desinversión” o si la habilita y comienza a correr el año de plazo para que los grupos oligopólicos se desprendan de las señales que están por encima de la cantidad permitida. La concesión del recurso fue firmada por los camaristas Francisco de las Carreras y Susana Najurieta.

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