20:05 › FALLO DE LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS

El Estado debará anular la condena al periodista Eduardo Kimel

El gobierno argentino deberá reformar el alcance de los delitos de calumnias e injurias y anular una condena impuesta al periodista Eduardo Kimel por haber criticado la actuación de un juez durante la última dictadura, según un fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

En su sentencia, el máximo tribunal regional intimó al Estado argentino a "dejar sin efecto en un plazo de seis meses" la condena penal impuesta a Kimel por haber criticado la actuación del ex juez Guillermo Rivarola en la investigación de la denominada "masacre de los palotinos".

Además de sentar jurisprudencia para otras demandas de calumnias e injurias, la CIDH ordena al Estado argentino realizar un acto público de reconocimiento de su responsabilidad en el caso Kimel, y pagar costas y gastos, entre otras intimaciones. "La opinión no puede ser objeto de sanción, más aún cuando se trata de un juicio de valor sobre un acto oficial de un funcionario público en el desempeño de su cargo", remarcó el tribunal.

En 1999 la Corte Suprema había condenado a Kimel a un año de prisión en suspenso y al pago de 20 mil pesos como indemnización a Rivarola por el delito de calumnias e injurias, supuestamente cometido en el libro "La masacre de San Patricio".

Con el fallo del último 2 de mayo de la Corte Interamericana, que fue dado a conocer hoy por el Centro de Estudios Sociales y Legales (CELS), el alto tribunal entendió que "son ambiguas y que violan la libertad de expresión" las condenas por calumnias e injurias iniciadas por funcionarios. Así fue explicado hoy por los responsables del CELS, Horacio Verbitsky, Andrea Pochak y Damián Loreti, en una conferencia de prensa que ofrecieron junto a Kimel para celebrar el alcance de la sentencia.

"Nuevamente un caso argentino abre camino para evitar que se puedan repetir en el futuro violaciones a la libertad de expresión", destacó Verbitzky. Kimel dio algunos ejemplos del agobio que padeció durante los 17 años que duró el proceso judicial en su contra, y bromeó: "Es una cifra significativa en la biología de un muchacho de 55", que buscó "sacar a la luz uno de los hechos más atroces cometidos por el terrorismo de Estado". "La masacre de San Patricio", publicada su primera edición en 1989, investigó el asesinato de los sacerdotes palotinos Alfredo Kelly, Alfredo Leaden y Pedro Duffau, y de los seminaristas Salvador Barbeito y Emilio Barletti, todos cometidos el 4 de julio de 1976, durante la última dictadura militar. En 1991 Kimel fue querellado por Rivarola, quien como juez tuvo a su cargo la investigación en los años 1976 y 1997, y quien actualmente es camarista del fuero penal. Tras largas idas y vueltas del expediente en la justicia argentina, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) decidió el año pasado demandar al Estado argentino ante la Corte Interamericana. En agosto de 2007, el Estado asumió responsabilidad internacional por las violaciones a los derechos humanos en el caso y reconoció que se había violado la libertad de expresión y las garantías del debido proceso por haberse condenado penal y civilmente a Kimel.

"El Estado debe eliminar inmediatamente el nombre del señor Kimel de los registros públicos en los que aparezca con antecedentes penales relacionados con el presente caso", determinó la CIDH en su fallo del 2 de mayo.

Un mosaico de lo que fue la masacre de los palotinos, y que toma parte del relato del libro de Kimel, podrá verse a partir del 3 julio en un documental, que ya recibió premios internacionales y que se estrenará en salas de la Capital Federal.

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Verbitzky, Kimel y Loretti en el CELS al anunciar el fallo de la CIDH
 
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