EL PAíS › LOS ASPECTOS INSOSTENIBLES DEL CASO NEUQUEN

El lado judicial

Una consulta a especialistas dio resultados tajantes: nunca debería haberse usado así una pistola lanzagases, nunca debería estar en servicio un policía con tales antecedentes y nunca debería haber policías de civil en una manifestación.

 Por Raúl Kollmann

“Lo primero que se le explica a un efectivo es que la pistola lanzagases Federal, la usada en Neuquén, mata. Que disparada en forma directa, mata. El cartucho es muy grande, de unos 30 centímetros de largo, como si fuera un termo de medio de litro. La pólvora ocupa unos 5 centímetros. En el resto, que tiene agujeros en cada cara, está el gas. Por eso el disparo tiene que ser parabólico, al aire, y caer a unos cien metros. Si se dispara en forma directa, a diez metros, por ejemplo, mata. Y de lo contrario provoca roturas de huesos o daños irreparables en la cara.” El criminalista y ex titular de la Policía Científica Raúl Torre describió así ante este diario lo que constituye la instrucción básica de alguien que va a usar la pistola lanzagases. Página/12 consultó a varios especialistas sobre los aspectos criminalísticos de lo ocurrido en Neuquén. Todos objetaron distintos aspectos del operativo que terminó en la muerte de Carlos Fuentealba: se están dejando de usar las pistolas lanzagases, se usan únicamente las granadas, mucho menos peligrosas; ese tipo de arma no está en manos de suboficiales, sino que las usan sólo unos pocos oficiales; no tiene justificación que estuviera aún en la fuerza un efectivo como José Poblete, condenado en su momento en la Justicia, pero también denunciado por violencia familiar y nuevamente condenado por apremios ilegales en diciembre. Por último, la presencia de policías de civil –como hubo en Neuquén– es rechazada también por los especialistas.

Formación

“En los últimos años, el mayor impacto lo produjo el caso Kosteki y Santillán –sostiene el comandante retirado de la Gendarmería Osvaldo Laborda, ex titular de los laboratorios de esa fuerza–. A partir de allí se pensaron nuevas estrategias. La primera y principal es que los efectivos que intervengan en esas operaciones no deben portar armas de fuego. La segunda tiene que ver justamente con los gases y las balas de goma. Desde ya que el hombre que tiene una pistola lanzagases o una escopeta sabe que un disparo directo es un disparo prohibido. Sabe que es mortal, que corre riesgo de matar. A 20 metros, el proyectil del lanzagases golpea y deja una marca; a 50 metros, golpea y produce un dolor; más allá de esa distancia no hace nada más que llenar la zona de gas. Pero a 10 metros, el efecto es terrible.”

La conclusión que formularon en este terreno tanto Torre como Laborda es que seguramente la base de la acusación judicial contra Poblete es que debió imaginarse el resultado final de su acción. Todo indica que el juez Cristian Piano y la fiscal Sandra González Tabeada le imputarán homicidio simple con dolo eventual, que es producir una muerte a través de una acción en la que uno sabe que el resultado final puede ser la muerte.

En retirada

Para Laborda, uno de los hechos más significativos de lo ocurrido en Neuquén es que la pistola lanzagases ni siquiera fue utilizada en una situación defensiva de los policías, en un cuadro de acorralamiento. “Un efectivo tiene que estar preparado, con buen estado físico y psíquico, para una situación difícil: que los manifestantes se le vengan encima, que haya un cuerpo a cuerpo, que esté acorralado. El entrenamiento tiene que ver con el miedo que pueda surgir. Pero lo ocurrido en Neuquén fue muy distinto. No es el disparo de alguien acorralado, sino que los maestros se están yendo en ese momento. El disparo es desde atrás. O sea que lo que primó fue la venganza porque lo tocaron, lo pisaron o lo que fuera. El principio básico está en que un efectivo tiene que estar preparado para defenderse en una situación, neutralizar el ataque, protegerse, pero no vengarse, no producir una represalia al estilo de un ojo por ojo. Y, atención, que no se puede argumentar que esa fue una situación inesperada. Fue inesperada, pero previsible. Es muy habitual y el entrenamiento para eso es básico.”

Oficiales y suboficiales

Fuentes del Ministerio de Seguridad bonaerense sostienen que en la fuerza que conduce León Arslanian está prohibido que un suboficial porte una pistola lanzagases. Esa arma sólo puede ser utilizada por oficiales. Sin embargo, en las imágenes de incidentes en partidos de fútbol se ha visto a varios efectivos disparando con las escopetas y pistolas lanzagases. “Más allá de lo que se dice, nosotros tenemos diez casos semanales en que tenemos que sacar gente, por orden judicial, de una ocupación de tierras o de rutas. Y lo concreto es que los efectivos no tienen arma alguna. Se utiliza básicamente la superioridad física y numérica”, afirman desde La Plata.

En fuerzas federales y de otras provincias el criterio es diferente. Un suboficial puede utilizar una pistola lanzagases, aunque hay un punto en el que todos coinciden: la cuestión decisiva es el estado físico, intelectual y psíquico de los efectivos que utilizan esas armas. Algunos hablan de sacar de circulación definitivamente las pistolas lanzagases y que sólo se utilicen granadas, mucho menos peligrosas. Y también hay unanimidad en que lo más riesgoso son las escopetas con posta de goma. “Hemos hecho un estudio para una universidad y comprobamos que un disparo realizado entre diez y doce metros de la víctima produce lesiones incompatibles con la vida. Es mortal”, adelanta Torre.

Civil

Uno de los factores que más demuestran la responsabilidad política en lo ocurrido en Neuquén es que volvieron a actuar policías de civil, una práctica que se está desterrando. En concreto, las imágenes de América y Canal 26 muestran a un hombre de pantalón y camisa rosa o clara empuñando una escopeta corta y disparando balas de goma contra una docente que estaba tomando imágenes con un celular. En alguna toma se ve también que el hombre tiene una pistola en la cintura.

Todos los especialistas coinciden en que no hay ninguna razón para que un oficial o suboficial actúe de civil ante una protesta social. Es todo lo contrario. Como debería tratarse de una acción preventiva, lo importante es disuadir, exhibir a todo el personal de uniforme, bien identificado y que no haya confusión alguna. El que hayan actuado uno o más policías de civil demuestra que el concepto era otro: que participen efectivos no identificados, con cierto grado de clandestinidad, frente a gente que se define como “enemiga”.

Prontuario

Como ya se sabe, el policía José Darío Poblete tiene tres antecedentes. Una condena firme a un año de prisión en suspenso por apremios ilegales de 1997, una denuncia por amenazas de su ex pareja y una condena a dos años de prisión efectiva por vejámenes contra un detenido en Zapala. Esta última condena está apelada y debe resolver la Suprema Corte de Neuquén. Además, figuró entre los sospechosos del asesinato de la maestra Teresa Rodríguez hace diez años.

Página/12 dialogó con dos jefes de Asuntos Internos de importantes fuerzas de seguridad. Ambos pidieron reserva de su nombre, por lo delicado del cargo que ejercen. “Que una persona condenada en diciembre, aunque sea en primera instancia, esté prestando servicio, con un arma, es una barbaridad. Asuntos Internos no puede guiarse por los plazos de la Justicia. No nos sirven. Nosotros tenemos que actuar de inmediato guiados por nuestro expediente administrativo. Una persona que tiene una denuncia sólida de vejámenes es puesta en disponibilidad preventiva, o sea que no realiza actividad alguna, se le quita el arma y se le paga, mientras continúa el expediente, la mitad del sueldo. En dos o tres meses la investigación de Asuntos Internos tiene que estar concluida y, si hay elementos, se lo exonera, es decir que se lo saca de la fuerza. Pero todo ese proceso se desarrolla mucho más rápido que el judicial. Si en este caso hasta hubo una condena en la Justicia, desde ya que no puede permanecer en la fuerza”, señaló el abogado que ejerce como titular de Asuntos Internos de una de las fuerzas.

“Si un efectivo es denunciado por su pareja de agresión o amenaza, nosotros le damos máxima importancia –dice otro de los jefes consultados, también abogado–. Por lo general, la mujer hace la denuncia también en Asuntos Internos y nosotros llamamos a una especie de declaración indagatoria al efectivo. Por de pronto, lo más probable es que el policía sea suspendido provisoriamente. A partir de ahí, existe una auditoría de violencia familiar y le pedimos un pronunciamiento. También citamos al jefe del policía para que nos dé una impresión. Si la violencia o las amenazas están comprobadas en nuestro expediente de Asuntos Internos, es casi seguro que procederemos a la exoneración del efectivo. Si en nuestra pesquisa, en cambio, se desacredita la versión, el policía vuelve a prestar servicio, aunque hacemos un seguimiento del caso. Muchas veces tenemos que tener cuidado con qué se hace y cómo. Sucede que podemos crear gravísimos problemas familiares. Por ejemplo, exonerar a un policía que tiene ocho hijos significa dejarlo sin sueldo y sin sustento a la mujer y los chicos. Esto nos plantea muchos dilemas que deben ser resueltos por asesores en materia de psicología y asistencia social. En el caso neuquino no sé en qué hubiera derivado el expediente sobre violencia familiar, pero las condenas anteriores implicaban una exoneración lisa y llana. De ninguna manera puede estar en la fuerza un hombre con dos condenas.”

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