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Los presos sin condena podrán votar en las elecciones de 2007

Habrá urnas en las cárceles y 42 mil detenidos estarán habilitados para participar de los comicios. Así lo dispone un decreto presidencial que responde a las directivas de un fallo de la Corte.

En las próximas elecciones también habrá urnas en las cárceles porque podrán votar los presos sin condena. El presidente Néstor Kirchner firmó el decreto reglamentario del Código Electoral Nacional que habilita a las personas privadas de libertad que se encuentran sin condena firme –unos 42 mil presos preventivos en todo el país– a ejercer el derecho al voto en todos los actos eleccionarios que se celebren durante el lapso en que se encuentren detenidos. Así queda saldada una asignatura pendiente, a cuatro años del fallo Mignone con el que la Corte Suprema habilitó a los presos a votar haciendo lugar al amparo colectivo que presentó el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS). Sólo que en aquel momento era la mitad que hoy ese universo de votantes (22.662). El régimen de voto de los detenidos será similar al de los argentinos que votan en el exterior.

En julio culminó la tarea de elaboración del reglamento por parte de la comisión encargada del tema. El decreto reglamentario es consecuencia de la ley 25.858 que en 2003 derogó un artículo del Código Nacional Electoral que prohibía el voto de los detenidos con prisión preventiva, que establecía un plazo de dos años para su reglamentación. A su vez, aquella norma fue producto del fallo de la Corte que un año antes había declarado la inconstitucionalidad de esa cláusula del Código.

El amparo de Mignone había llegado a los tribunales en octubre de 1998, pero la jueza federal con competencia electoral María Servini de Cubría rechazó esa acción de amparo, alegando “imposibilidad por motivos organizativos” y complicaciones en el sistema electoral. El CELS apeló y la Cámara Electoral revocó la resolución de Servini y declaró la inconstitucionalidad del Código Electoral en relación con el sufragio de los presos. Ese organismo había invocado la vigencia de tratados internacionales sobre derechos humanos.

El proyecto de reglamento que ayer se convirtió en decreto –elaborado en el ámbito de la Secretaría de Política Criminal, junto con la Dirección Nacional Electoral del Ministerio del Interior, la Procuración Penitenciaria y el CELS– fue aprobado por la cartera que comanda Aníbal Fernández y por su par de Justicia, Alberto Iribarne. El procurador penitenciario, Francisco Mugnolo, había solicitado que la reglamentación se hiciera teniendo en cuenta la necesidad de las autoridades de adaptar los mecanismos para poder trasladar el sufragio a los establecimientos carcelarios.

A cada votante detenido se le dará una boleta del distrito correspondiente en la que deberá marcar la lista elegida. Además, el sistema funcionará de forma tal que el voto de los reclusos se mantenga en secreto para el personal penitenciario. Los presos votarán según su último lugar de residencia y las mesas electorales funcionarán en los establecimientos penitenciarios y no en las comisarías. Y las autoridades de los comicios serán los funcionarios de las cárceles.

Además, los presos deberán contar con información previa de los distintos candidatos, por lo cual “podrá adquirir a su costa o recibir diarios, periódicos, plataformas de distintos partidos políticos, revistas y libros de libre circulación en el país”. La pregunta que nadie puede contestar aún es si la campaña electoral trasladará a los candidatos también a llevar su mensaje tras las rejas.

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Los detenidos con prisión preventiva podrán votar en las próximas elecciones.
Imagen: Alejandro Elias
 
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